Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria
De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas. Contiene: Capítulo I. De la autorización o aprobación judicial del reconocimiento de la filiación no matrimonial; Capítulo I. BIS De la aprobación judicial de la modificación de la mención registral del sexo de personas mayores de doce años y menores de catorce; Capítulo I. TER De la aprobación judicial de la nueva modificación de la mención registral relativa al sexo con posterioridad a una reversión de la rectificación de la mención registral; Capítulo II. De la habilitación para comparecer en juicio y del nombramiento de defensor judicial; Capítulo III. De la adopción; Capítulo III. bis Del expediente de provisión de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad; Capítulo IV. De la tutela, la curatela y la guarda de hecho; Capítulo V. De la concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad; Capítulo VI. De la protección del patrimonio de las personas con discapacidad; Capítulo VII. Del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica; Capítulo VIII. De la autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica; Capítulo IX. De la declaración de ausencia y fallecimiento; Capítulo X. De la extracción de órganos de donantes vivos; Capítulo XI. De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a declaraciones judiciales sobre hechos pasados.
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