Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal
De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Contiene: Capítulo I. De la inspección ocular; Capítulo II. Del cuerpo del delito; Capítulo II. bis De la destrucción y la realización anticipada de los efectos judiciales; Capítulo III. De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales; Capítulo IV. De las declaraciones de los procesados; Capítulo V. De las declaraciones de los testigos; Capítulo VI. Del careo de los testigos y procesados; Capítulo VII. Del informe pericial.
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